5 mayo, 2026

El Juzgado Federal con asiento en Pehuajó ordenó la reincorporación de una trabajadora del ANSES, sentando jurisprudencia en tema relevante

El Juzgado Federal de Pehuajó ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) la reincorporación de una trabajadora que cumplía funciones en las oficinas del organismo en la localidad
de Pehuajó, que había sido despedida en el mes de marzo 2024.

La medida decidida por la máxima autoridad judicial con sede en esta región de la provincia de Buenos Aires, puede tener derivaciones significativas en organismos del Estado que el Gobierno Nacional actual ha logrado desmembrar, ó bien despejar de lugares claves a trabajadores vinculados con otras fuerzas políticas. Por caso, en Trenque Lauquen habría una causa judicial iniciada, vinculada con la titularidad de la delegación local del PAMI. El cargo fue desempeñado, teniendo el aval de la relación con dependencia por un conocido profesional de este medio. Ignorando esta situación, al poco tiempo de haber sido puesto en marcha el proceso de los «propios» iniciado por La Libertad Avanza. se lo desplazó. Lo reemplazó la doctora Mariel Jordán, que a la vez se desempeña como concejal del mileísmo. Si bien, no se supo de corrimientos, en la Anses de Trenque Lauquen, casi al mismo tiempo se determinó que Gustavo Bories, presidente del bloque libertario, se convirtiera en su «mandamás».

En la sentencia del Juzgado Federal de Pehuajó vinculada con la Administración Nacional de Seguridad Social se señala (leer PDF) que el despido de la agente fue arbitrario, habiendo mediado desconocimiento del derecho a la estabilidad del empleado público, protegido por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Se remarcó la inexistencia de un sumario administrativo previo que dé cuenta de la existencia de una causal o motivo que justificara la desvinculación laboral. Además, en base a los argumentos mencionados, se declaró la inconstitucionalidad del inciso c) del artículo 26 del Convenio Colectivo de Trabajo 305/98 «E».

Al respecto, se destacó en la sentencia que “La estabilidad de la que gozan los empleados públicos no es absoluta sino sólo la necesaria para que el agente culmine su carrera administrativa, lo que implica su sucesivo progreso dentro de las diversas clases, grupos y categorías que componen el escalafón. Asimismo, propende a evitar el sistema de despojo. El triunfo de un partido político distinto a aquel que detentaba el poder no puede suponer la exclusión de empleados que fueron designados por autoridades que pertenecían a diverso signo político que el vencedor. En los sistemas republicanos de gobierno se propende a reemplazar el sistema de despojo por el de mérito: cualquier persona que, objetivamente, reúna la respectiva idoneidad es apta, por principio, para el ejercicio de un cargo público ”.