Concejales de Unión por la Patria de Pellegrini cuestionaron el artículo 40 de la ordenanza
Manifestaron que la ordenanza establece tres situaciones en las cuales el hospital deja de ser gratuito, siendo una de ellas la facturación a personas mutualizadas a través de obras sociales
Concejales de Unión por la Patria de Pellegrini, el Dr. Facundo Fernández y la Dra. Evelyn Tomasello señalaron que la ordenanza 1821/2023 vinculada con la salud pública en el distrito que el artículo 40 de la misma contraviene la Carta Magna de la provincia y las Constituciones provincial y nacional.
Los legisladores comunales en una conferencia de prensa puntualizaron que «detectaron la presunta inconstitucionalidad durante la revisión de la ordenanza impositiva». «La ilegalidad – puntualizaron – radica en que la ordenanza pretende cobrar tarifas médicas, contradiciendo la garantía de gratuidad de los hospitales públicos establecida por la Constitución provincial.
Manifestaron que la ordenanza establece tres situaciones en las cuales el hospital deja de ser gratuito, siendo una de ellas la facturación a personas mutualizadas a través de obras sociales.
Fuente: avantipellegrini.com.ar