18 marzo, 2026

Elecciones 2025: 42.731 personas están habilitadas para votar este domingo en el distrito de Trenque Lauquen

Se renovará la mitad del Concejo Deliberante, 9 titulares y 6 suplentes, y del Consejo Escolar, 3 titulares y 6 suplentes, y 7 bancas titulares y 4 suplentes de la Cámara de Senadores

42.731 personas están habilitadas para votar este domingo en el distrito de Trenque Lauquen en las elecciones legislativas de la provincia de Buenos Aires. Se renovará la mitad del Concejo Deliberante, 9 titulares y 6 suplentes, y del Consejo Escolar, 3 titulares y 6 suplentes, y 7 bancas titulares y 4 suplentes de la Cámara de Senadores.

El horario de votación comenzará a las 8 y finalizará a las 18, aunque quienes permanezcan en la fila en ese momento podrán sufragar si cuentan con un número de orden entregado por las autoridades.

Los electores con 16 o más años al momento de votar, tienen el derecho y el deber cívico de sufragar, no obstante, los menores de 18 y los mayores de 70 no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a hacerlo.

Las 42.731 personas habilitadas para votar en el distrito se distribuyen del siguiente modo:

Trenque Lauquen: 35.752 electores.

30 de Agosto: 5.188.

Beruti: 1.071.

Girodías: 164.

Garré: 68.

Mari Lauquen: 18.

Y 470 personas extranjeras.

Habrá 125 mesas distribuidas en 23 establecimientos educativos y comunitarios de Trenque Lauquen y de 30 de Agosto, Beruti, Girodías, Garré y Mari Lauquen. Las personas extranjeras sufragarán en la sede de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN).

En estas elecciones, solo existirán tres categorías de voto:

Voto afirmativo (válido): aquel emitido con boletas oficializadas, incluso si están incompletas o presentan tachaduras.

Voto en blanco: cuando el sobre contenga boletas no autorizadas, incompletas, de distintos partidos, ilegibles o que permitan identificar al votante.

Voto de identidad impugnada: reservado para casos en los que haya dudas sobre la identidad del elector

Desaparece la figura del voto nulo, que hasta ahora estaba contemplada en la práctica electoral bajo el régimen nacional para —por ejemplo— los casos en que en un sobre aparezcan las boletas de dos partidos diferentes en una misma categoría o papeletas no oficializadas.

El que no asista a votar puede justificar su ausencia si está a más de 500 km de su lugar de votación, si tiene un problema de salud (debe estar certificado) o un motivo de fuerza mayor comprobable. De lo contario, le cabe una multa.