26 diciembre, 2024

Diputados de la Nación aprobó por amplia mayoría la Ley de Etiquetado Frontal de alimentos

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Fue observada por diferentes organizaciones de la sociedad civil que vienen solicitando la aprobación de la ley de etiquetado frontal para que la sociedad conozca los excesos de grasas, sodios y azúcares que tienen algunos productos

La Cámara de Diputados de la Nación convirtió anoche en ley el proyecto de etiquetado frontal de alimentos, ideado para advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.

El proyecto sumó 200 votos a favor; 22 en contra y 16 abstenciones, en tanto que se registraron 18 diputados ausentes al momento de la votación.

La iniciativa comenzó a ser debatida pasadas las 16 y su análisis se agotó pasadas las 23, tras la intervención de más de 70 diputados, que participaron de la primera reunión presencial tras la metodología de trabajo mixto aplicado durante los primeros meses de la pandemia de Covid.

La sesión, que se inició a las 12.35, fue observada por diferentes organizaciones de la sociedad civil que vienen solicitando la aprobación de la ley de etiquetado frontal para que la sociedad conozca los excesos de grasas, sodios y azúcares que tienen algunos productos de los alimentos.

El dictamen de mayoría prevé la incorporación en el frente de los envases de los productos ultraprocesados una etiqueta con forma de octógono negro con letras blancas que advierta el exceso de nutrientes críticos para la salud, como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

Además, determina que los productos que contengan entre sus ingredientes edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.

Por otra parte, el proyecto establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia.

Además, dispone que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

Determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.