15 años de prisión para el abuelo que fue condenado por abusar de su nieto, en Trenque Lauquen
El Tribunal Oral Criminal n° 1 del Departamento Judicial Trenque Lauquen condenó ayer a 15 años al vecino Hugo Coronel
Información textual tomada de @MiTrenque, sitio trenquelauquense que se puede encontrar en Facebook e Instagram:
El Tribunal Oral Criminal n° 1 del Departamento Judicial Trenque Lauquen condenó ayer a 15 años al vecino Hugo Coronel, en el juicio en su contra por abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por el vínculo, aunque seguirá teniendo el beneficio de la prisión, al menos hasta que quede firme la sentencia.
Durante la lectura de la sentencia dictada por el juez Dr. Facundo Galanes no estuvieron presentes el imputado y tampoco su abogado defensor, Dr. Roberto Bigliani. No era obligatoria la asistencia de ambos.
En ocasión de la audiencia en la que se expusieron los atenuantes y agravantes y se formulara el pedido formal de condena, el miércoles 3 de diciembre pasado, la Fiscalía, a cargo del Dr. Manuel Iglesias, había solicitado una pena de 25 años de prisión. Y además el abogado de la familia de la víctima, Dr. Gastón Fernández Carena, había expuesto que teniendo en cuenta el estado saludable de Coronel, debería purgar la sentencia con cárcel efectiva.
El Dr. Bigliani, en tanto, planteó en esa oportunidad dos cuestiones muy puntuales: un cambio de calificación de la causa, al desestimar la relación entre las pruebas expuestas en el juicio y el dictamen, y que no se modificara la situación de prisión domiciliaria de Coronel debido a su edad: Es mayor de 70 años. Cebe precisar que el otorgamiento de la prisión domiciliaria no es obligatorio y concederla o no es una facultad que tiene el juez.
El acusado había sido hallado culpable según el voto mayoritario del jurado (diez contra dos), al cabo de las tres jornadas desarrolladas entre el martes 24 y jueves 27 del mes pasado, con la presentación de 19 testigos, entre los que hubo peritos forenses, médicos legistas, una psicóloga de la Asesoría Pericial, otra psicóloga particular y una asistente social.
En su fallo el juez Galanes no hizo lugar al pedido de la defensa de declarar la nulidad del veredicto, al considerar que no correspondía por la inexistencia de contradicciones para dictar la medida.
El magistrado se refirió a la gravedad institucional de algunos hechos sucedidos durante el juicio, con jurados y testigos que fueron hostigados y molestados mediante escraches, en un claro intento de coacción. Si bien expresó su acuerdo con el acompañamiento de agrupaciones que ayudan a visibilizar problemáticas como la que se estaba tratando, marcó un límite y le dio vista al Ministerio Público Fiscal para que comience a investigar lo sucedido.
También dio vista a la Asesoría de Menores para que no se sigan vulnerando los derechos de la menor víctima, a partir de la trascendencia que el caso alcanzó en redes y a la filmación no permitida del Presidente del jurado leyendo el fallo.
El Dr. Galanes fundamentó la continuidad de la prisión domiciliaria en que no se habían evidenciado peligros procesales, en que el imputado tiene una tobillera electrónica y en que la sentencia aún no está firme, es en primera instancia. Es más, el Dr. Bigliani ya adelantó que presentará una apelación.
La causa, de gran repercusión social, comenzó en mayo de 2022 por la denuncia de los padres de la víctima, que entonces tenía tres años. Y más de un año y medio después, el 26 de diciembre de 2023, Coronel, su abuelo, de 72 años, fue detenido en su domicilio particular. La sentencia de hoy marca un cierre judicial del caso aunque, cabe reiterar, todavía no está firme.

