18 octubre, 2024

30 años de prisión para Laureano González de La Pampa por hallarlo culpable de los delitos de homicidio triplemente calificado

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Además el Tribunal de Audiencia valoró los hechos en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contra las Mujeres y le mantuvo la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme

Los jueces de audiencia de La Pampa, Daniel Sáez Zamora, Gastón Boulenaz y Alejandro Ongaro, condenaron a 30 años de prisión a Laureano González por hallarlo culpable de los delitos de homicidio triplemente calificado –por la relación de pareja, por alevosía y por haber sido perpetrado por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de género–, en grado de tentativa; abuso sexual mediando violencia y aprovechándose de que la víctima no pudo consentir libremente la acción, agravado por haber existido acceso carnal; y tenencia de arma de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal; concursando la totalidad de los delitos entre sí en forma real.

Además el Tribunal de Audiencia valoró los hechos en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contra las Mujeres y le mantuvo la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme. En cambio lo absolvió parcialmente del delito de abandono de persona agravado, por el que fuera acusado por la querella.

Con respecto a los otros tres imputados, Claudio Ezequiel Reyna fue condenado a dos años de prisión de cumplimiento efectivo como autor de encubrimiento agravado por ser el hecho precedente un delito especialmente grave; Daiana Manuela Escudero recibió dos años en suspenso por el mismo delito; y Franco Luciano Devia fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional por ser responsable de encubrimiento.

A su vez, a Reyna y Devia se les hizo cesar la prisión preventiva y se ordenó que queden en libertad inmediatamente; mientras que a Escudero y Devia se le impusieron reglas de conducta durante dos años (fijar residencia y someterse al Ente de Políticas Socializadoras).

Finalmente, el Tribunal le fijó a los tres, hasta que la sentencia adquiera firmeza, que fijen domicilio y les prohibió cuando acercamiento respecto de Lucero y su domicilio.

Durante los alegatos, el fiscal Andrés Torino había pedido una pena de 30 años para González, dos años de cumplimiento efectivo para Reyna y Devia y dos años en suspenso para Escudero. En cambio, Carolina Muñoz, en nombre del querellante Jorge Lucero, padre de Nadia, había requerido una sanción de 33 años para el principal imputado.