El municipio de Lincoln estableció el horario comercial entre las 7 y 10 horas, y 13 a 16 a partir del 1 de Mayo
El Departamento Ejecutivo Municipal de Lincoln, a través del Decreto 1541/20, estableció un nuevo cronograma de circulación para todos aquellos que deban salir a proveerse de insumos de primera necesidad o realizar trámites de urgencia, con el fin de evitar la circulación masiva.
A partir del 1 de mayo todas aquellas personas que no se encuentren exceptuadas por los decretos de Presidencia de la Nación podrán salir según la terminación de su DNI.
El cronograma será el siguiente:
Días #Impares salen quienes tienen DNI terminado en 1, 3, 5, 7, 9
Días #Pares salen quienes tienen DNI terminado en 0, 2, 4, 6 y 8
De acuerdo a lo establecido por artículo 6º Dec. Municipal 1541/2020, a partir del martes 27 de abril, se encuentra prohibida la circulación en la vía pública de todos los menores de edad, salvo movilizaciones por necesidad y urgencias sanitarias, como así también para el traslado por régimen de visitas, según los convenios o sentencias dictaminadas por la Justicia. El incumplimiento de esta medida dará lugar a multas que rondarán entre los $6.000 y $8.000, pudiéndose duplicar en caso de reincidencias.
A través del Decreto 1542/20, el municipio habilitó el funcionamiento de nuevos rubros, los cuales podrán trabajar a partir del mes de mayo, con diferentes restricciones de lunes a sábados de 7 a 10 y de 13 a 16 horas. También deberán cumplir con el protocolo de higiene y prevención dispuesto a nivel local.
Lavaderos de vehículos, como así también los de higiene personal como peluquerías, barberías, manicuras, casas de depilación o estética, podrán realizar la apertura de sus locales y trabajar en los horarios establecidos tomando turnos únicamente por teléfono y/o redes sociales y atendiendo sólo un cliente a la vez.
Los comercios de indumentaria como venta de ropa, calzado, lanas, retacerías o tiendas de telas, relojerías y perfumerías, podrán atender en los horarios dispuestos y solo se podrán ingresar al local respetando el factor ocupacional de una persona cada 4 m2, mientras que la espera se deberá realizar fuera del local comercial respetando el distanciamiento entre personas.
Los establecimientos de venta de electrodomésticos y muebles; las casas de insumos y repuestos de informática y telefonía; como así también las concesionarias de autos y motos, deberán tener sus puertas cerradas y solo podrán atender y dejar ingresar, en el horario habilitado, a quienes hayan solicitado un turno previamente.
Los trabajadores y personal doméstico podrán realizar sus actividades, previa solicitud de permiso en el municipio, de lunes a sábados de 7 a 10 y de 13 a 16 horas, cumpliendo con el protocolo de higiene y prevención dispuesto por el ejecutivo local.
Dentro estas actividades se encuentran contempladas aquellas que sean exclusivas de cuidado o apoyo terapéutico a adultos mayores o personas con discapacidad, ya sea de forma permanente o transitoria; cuidado de enfermos; cuidado de adultos mayores; cuidado de niños, niñas y adolescentes; como así también tareas de higiene y mantenimiento en casas de familia y demás prestaciones domiciliarias habituales de manera diaria o semanal.
Deberán solicitar autorización municipal y cumplir tareas con las medidas de higiene y prevención dispuestas.