19 abril, 2024

Anticipan que el 23 de Noviembre vuelve desde La Plata el transporte de media y larga distancia en la provincia

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Según publica el sitio latecla.info el próximo 23 de noviembre vuelve el transporte de media y larga distancia en la provincia de Buenos Aires

Según publica el sitio latecla.info el próximo 23 de noviembre vuelve el transporte de media y larga distancia en la provincia de Buenos Aires. La resolución correspondiente, agregan los colegas, se publicará en el Boletín Oficial de la provincia en los próximos días.

De todas maneras en lo que constituye un anticipo exclusivo, se dan a conocer los servicios habilitados:

Habilitados desde el 1 de diciembre, desde La Plata:

La Plata – Mar del Plata
La Plata a Bolívar – Daireaux – Carhué – Rivera
Habilitados desde el 15 de diciembre, desde La Plata:
La Plata – Dellepiane/Retiro – Paso de los Libres (acceso) – Virasoro – Leandro N. Alem – Oberá – Aristóbulo del Valle – San Pedro.

Puntualizan, además, que el ministerio de Transporte dio a conocer los protocolos que deben cumplir pasajeros y empresas de transporte antes, durante y luego del viaje.

En la estación/terminal 

*Deberán establecerse accesos independientes para el ingreso y el egreso.
*Habilitar salas de espera exclusivas para personas que revistan factor de riesgo.
*Deberá aumentarse la frecuencia de limpieza de baños y lugares públicos en Terminales y Estaciones, que deberá realizarse con productos desinfectantes y con una frecuencia que vaya en proporción al flujo de personas que circulen.
*Se deberá supervisar que los suministros para el lavado de manos (jabón, toallas desechables) estén siempre disponibles.
*Los locales comerciales que se encuentren autorizados a abrir, deberán cumplir las pautas generales de prevención y los protocolos específicos que correspondan a su actividad.
*Se prohíbe el acceso a salas de espera y plataformas de personas que no harán uso del servicio de transporte (familiares, amigos u otros), a excepción de aquellos que requieran asistencia. Esta medida se indicará de forma permanente por sistema de parlantes y por medios tecnológicos que se dispongan en cada caso para comunicar al público.
*El uso de ascensores quedará limitado únicamente a personas con movilidad reducida y cochecitos de bebé, pudiendo hacer uso de los mismos el grupo familiar o de acompañamiento.
*Las terminales/estaciones deberán contar con espacios de aislamiento y protocolos de actuación en caso de que alguna persona presente síntomas de COVID-19.
*Las recomendaciones de prevención, tanto las pautas de ingreso como permanencia de las terminales, deberán ser difundidas en la web del concesionario y también en las pantallas y parlantes con una frecuencia de 15 minutos.
*Control de temperatura a los conductores antes de tomar el servicio y a los pasajeros antes de ingresar al ómnibus.
*Cartelería visible dentro del vehículo que indique la distancia de 1,5 mts requerida.
*La unidad deberá permanecer ventilada antes y luego del servicio.
*Las personas que no la suscriban o informen síntomas, no podrán ingresar al ómnibus.
*Personal de las terminales/estaciones está capacitado para realizar anuncios y ordenar el distanciamiento.
*Se recomienda un distanciamiento mínimo de 2 mts entre todos los actores. Esta distancia se podrá reducir a un 1,5 mts dentro de la unidad siempre y cumplan las medidas adicionales de protección de uso permanente de cubre boca, nariz y mentón y el uso de alcohol en gel o lavado de manos.
*En forma previa al ingreso del vehículo, el pasajero exhibirá:
-Servicio de transporte automotor de pasajeros internacional: DDJJ de ingreso y egreso obtenidas de la Dirección Nacional de Migraciones, conforme lo dispuesto por Disposición N°3025 del 1 de septiembre de 2020 de la Dirección Nacional de Migraciones.
-Servicio de transporte automotor de pasajeros interurbano de jurisdicción nacional: el pasajero deberá completar una DDJJ donde conste que se encuentra incurso en las causales previstas de la cuarentena.

Al descender

*El descenso será ordenado por filas, respetando las distancias sociales requeridas.
*Al retirar el equipaje, se debe realizar una fila manteniendo la distancia social de 1,5 mts.
Para el ingreso a las provincias, se deberá contemplar los protocolos propios establecidos por las jurisdicciones locales.
*Se proveerán dársenas de arribo y de partida, debidamente identificadas, de modo que los pasajeros que desciendan no tengan contacto con los que asciendan.

-Requisitos para las empresas

*El chofer y su acompañante deberán mantener una distancia de seguridad de 1,5 mts.
*Si la unidad dispone de catre, cada chofer deberá contar con su ropa de cama personal.
*Cuando el diseño de las unidades lo permita, deberá instalarse una aislación física que separe a los pasajeros de los conductores. Ésta deberá ser de un material transparente, de manera que no afecte las condiciones de visibilidad.
*Las empresas de transporte alcanzadas por la RESOL-2020-222-APN-MTR, en todas sus operaciones de venta o reserva de pasajes procurarán utilizar medios no presenciales de compra.
*Las empresas de transporte posibilitarán que los grupos familiares adquieran pasajes para trasladarse en butacas adyacentes o de ubicación cercana sin prejuicio del distanciamiento social, que sí deberán respetar con el resto de los pasajeros.
*Teniendo en cuenta el rol fundamental como barreta térmica y aislamiento de las cortinas de las ventanillas de las unidades del transporte automotor, estas no serán removidas. Por ende, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos.
*En cuando a los asientos de los vehículos, se deberá extremar las medidas de sanitización de dichos elementos.
*Los horarios de los servicios se programarán tomando en cuenta las tasas de ocupación de las distintas terminales de origen y destino, procurando no generar aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades y en la evacuación de las terminales.
*Los operadores de servicio deberán extremar los recaudos para prevenir la propagación del Covid al personal de trabajo y a los pasajeros y pasajeras.
*El uso de barbijo o tapaboca es obligatorio en todo momento: en la estación/terminal, en viaje y al descender.