29 marzo, 2024

El gobierno de Trenque Lauquen exime del pago de cuotas a comercios e industrias

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Tasa General y Especial por Inspección de Seguridad e Higiene a comercios e industrias que han sido afectadas por la emergencia sanitaria

El gobierno municipal de Trenque Lauquen dispuso eximiciones en el pago de la cuota 1 correspondiente a la Tasa General y Especial por Inspección de Seguridad e Higiene a comercios e industrias que han sido afectadas por la emergencia sanitaria.

En el caso de la Tasa General quedan eximidas del pago de la cuota 1 del año fiscal 2021 de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene las actividades comprendidas en la Ordenanza Impositiva nº 5042/2020, Capítulo V, Artículo 19; que se identifiquen como:

a) Salones de Fiestas y Eventos

b) Bares, Pizzerías, Parrillas y similares que cuenten con servicio de mesa.

c) Hoteles, Cabañas y similares.

d) Gimnasios, academias de danzas, pilates, yoga, explotación de canchas de fútbol 5 y/o 9 y similares.

e) Piletas climatizadas.

f) Estudios de fotografía.

g) Armerías.

h) Ludotecas, guarderías o similares.

i) Industrias lácteas con 50 (cincuenta) empleados o menos.

En la Tasa Especial por Inspección de Seguridad e Higiene la eximición incluye el pago de las cuotas 1, 2, 3 y 4 de 2021 para las siguientes actividades comprendidas en la Ordenanza Impositiva nº 5042/2020, Capítulo V, Artículo 20:

Inciso a) (Confiterías)

Inciso d) Restaurantes

Inciso f) (Agencias de Viajes y Turismo).

El decreto 1928/29020, que lleva las firmas del intendente municipal, Miguel Fernández, y del secretario de Administración y Gestión Tributaria, Alfredo Zambiasio, ya fue elevado al Concejo Deliberante para su convalidación.