Texto completo del decreto municipal en Trenque Lauquen para quienes deseen realizar donaciones
Texto completo del decreto:
DECRETO Nº 542/2020
VISTO:
Las diferentes medidas adoptadas a nivel nacional, provincial y local en torno a la propagación del Coronavirus (COVID-19)
CONSIDERANDO:
Que las mismas impactan directamente en la población del Partido de Trenque Lauquen, tendiendo a lograr el cumplimiento estricto de las indicaciones del personal de salud;
Que la propia población, por distintos canales, viene manifestado su intención de colaborar, ya sea en forma personal o económica, con la labor de prevención, concientización, y lucha efectiva contra el avance de la pandemia;
Que si bien en la actualidad nuestras instituciones de salud cuentan con los recursos necesarios, el avance constante y exponencial de casos afectados por la pandemia exigen evaluar fundamentalmente las necesidades futuras en cuanto a insumos y equipamiento hospitalario;
Que en tal contexto, resulta oportuno, adecuado y conveniente proceder a la apertura de una cuenta especial a fin de canalizar aportes voluntarios de particulares tendientes a financiar insumos y equipamiento hospitalario en el marco de la Pandemia causada por el el Coronavirus (COVID-19).
Que asimismo se considera necesario proceder a la apertura de un “Registro de Voluntarios” que puedan y deseen prestar ayuda a la población ante la Lucha que nos ocupa, a fin de atender necesidades específicas que pudieran ir surgiendo a partir del avance de la Pandemia Covid-19
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN,
D E C R E T A:
ARTICULO 1°: En un todo de conformidad con las consideraciones expuestas, dispónese la apertura de una cuenta especial a fin de canalizar aportes voluntarios de particulares tendientes a financiar insumos y equipamiento hospitalario, alimenticios y/o de higiene, en el marco de la Pandemia causada por el Coronavirus (COVID-19).
A los fines expuestos se detalla a continuación los datos pertinentes:
Datos Bancarios: Banco de la Provincia de Buenos Aires
Titular: Municipalidad de Trenque Lauquen
Cuenta Corriente en pesos N° 6704-50466/3
CBU N° 0140356301670405046638
CUIT N° 33-99906399-9
ARTICULO 2°: Aquellos contribuyentes que, en su carácter de responsables inscriptos, deban abonar el impuesto a las ganancias, podrán descontar del mismo el porcentaje de ley correspondiente pudiendo a tal efecto solicitar el comprobante de donación a Contaduría Municipal (contador@trenquelauquen.gov.ar)
Asimismo, para el caso que el donante decidiera mantener sus datos personales en reserva, deberá hacerlo saber de manera expresa mediante nota o email dirigido a la dirección citada en el apartado anterior.
Oportunamente, y en el marco de lo dispuesto por el art. 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se remitirá el correspondiente proyecto de Ordenanza para su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante, conjuntamente con la rendición documentada del destino dado a los fondos obtenidos por la aplicación de la presente norma.
ARTICULO 3°: Procédase a la apertura de un “Registro de Voluntarios” tanto para personas físicas, como para empresas o instituciones que puedan y deseen prestar ayuda a la población ante la Lucha contra la Pandemia Covid-19 Coronavirus, a fin de atender necesidades específicas que pudieran ir surgiendo a partir del avance de la Pandemia.
Dejase expresa constancia que las personas voluntarias NO DEBEN SER PARTE DE LAS PERSONAS DE RIESGO.
ARTICULO 4°: Instrúyese a la Subsecretaría de Modernización Ciencia y Tecnología para que proceda a desarrollar la plataforma digital necesaria para la inscripción de los interesados y conformación del Registro de Voluntarios.
ARTICULO 5°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y oportunamente Archívese.-