Las actividades habilitadas en el distrito de Guaminí y los horarios permitidos para la atención de los vecinos
La Municipalidad de Guaminí, informó a la comunidad cómo se implementan las actividades habilitadas hasta el momento por la Provincia de Buenos Aires bajo decreto Municipal N° 326, en vigencia a partir del lunes 27 de abril. Las mismas, fueron solicitadas por el Municipio de Guaminí y aprobadas por el Gobierno Provincial a través del decreto N° 262/20 contra entrega de los debidos protocolos de seguridad e higiene para su funcionamiento.
1- ESTABLECIMIENTOS QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES DE COBRANZAS DE IMPUESTOS Y SERVICIOS:
Horario de atención de 8.00 a 17.00 hs.
2- OFICINAS DE ARBA, CON SISTEMAS DE TURNOS Y GUARDIAS MINIMAS:
Horario de atención de 8.00 a 17.00 hs.
3- ACTIVIDAD REGISTRAL NACIONAL Y PROVINCIAL, CON SISTEMA DE TURNOS Y GUARDIAS MÍNIMAS:
Horario de atención de 8.00 a 14.00 hs.
4- VENTA DE MERCADERÍA YA ELABORADA DE COMERCIOS MINORISTAS, A TRAVÉS DE PLATAFORMAS DE COMERCIO ELECTRÓNICO, VENTA TELEFÓNICA Y OTROS MECANISMOS QUE NO REQUIERAN CONTACTO CON PERSONAL CON CLIENTES Y ÚNICAMENTE MEDIANTE LA MODALIDAD DE ENTREGA A DOMICILIO:
Horario de atención de 8.00 a 17.00 hs.
5- ATENCIÓN MÉDICA Y ODONTOLÓGICA PROGRAMADA, DE CARÁCTER PREVENTIVO Y SEGUIMIENTOS DE ENFERMEDADES CRÓNICAS, CON SISTEMA DE TURNO PREVIO:
Horario de atención de 8.00 a 17.00 hs.
Otorgar turnos de manera telefónica o cualquier otra manera no presencial.
6- LABORATORIO DE ANÁLISIS CLINICOS Y CENTROS DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN, CON SISTEMA DE TURNO PREVIO:
Horario de atención de 8.00 a 17.00 hs.
Otorgar turnos de manera telefónica o cualquier otra manera no presencial.
7- ÓPTICAS, CON SISTEMA DE TURNO PREVIO:
Horario de atención de 8.00 a 17.00 hs.
Otorgar turnos de manera telefónica o cualquier otra manera no presencial.
8- PERITOS Y LIQUIDADORES DE SINIESTROS DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS QUE PERMITAN REALIZAR LA LIQUIDACIÓN Y PAGO DE LOS SINIESTROS DENUNCIADOS A LOS BENEFICIARIOS Y A LAS BENEFICIARIAS:
Horario de trabajo: lunes a viernes de 8.00 a 17.00 hs.
Desempeñar su función a puertas cerradas.
Priorizar realización de trámites vía telefónica, mail, online o whatsapp, recepción de documentación por ventanilla o modalidad puerta cerrada, de lunes a viernes de 8.00 a 17.00hs.
Sólo pueden estar en la oficina el profesional y un empleado, sin excepción. Se acepta la presencia del empleado sólo en caso de que cuente con espacio físico para estar solo o que la oficina cumpla con el requerimiento de más de 2 mt2 por persona (profesional y empleado). En caso que varios profesionales se desempeñen en la misma oficina, lo deben hacer en horarios alternos. Mismo criterio si cuenta con más de un empleado.