8 mujeres de más de 60 años se presentaron este lunes en el ANSES Trenque Lauquen para ser jubiladas
Victoria Godín, titular del ANSES Trenque Lauquen, publicó en su cuenta de Facebook la alegría que este lunes embargó a miles de mujeres argentinas
Victoria Godín, titular del ANSES Trenque Lauquen, publicó en su cuenta de Facebook la alegría que este lunes embargó a miles de mujeres argentinas.

Godín señala que «hoy comenzó la felicidad para nuestras madres trenquelauquenses. Hoy, 8 de ellas, se fueron felices».

Luego remata la información con el mensaje de Fernanda Raverta la máxima responsable del ANSES, donde se indica que «a partir de hoy miles de madres de la Argentina comenzaron a ser reconocidas por primera vez en la historia por las tareas de cuidado que realizaron toda su vida con sus hijas e hijos. Si sos mamá, tenés más de 60 años y no contás con los aportes necesarios para jubilarte, ya podés sacar turno desde nuestra web para iniciar el trámite ingresando acá: https://bit.ly/TurnosTareasdeCuidado«.

El reconocimiento es para mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas y/o hijos.
La atención es únicamente con turno previo y DNI, las partidas de nacimiento de las hijas y/o hijos, Certificado de Discapacidad (si tienen hijas y/o hijos con discapacidad) y sentencia de adopción (si las hijas y/o hijos son adoptados).

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:
- 1 año de aportes por hija/o.
- 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.
Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).
