21 diciembre, 2024

Desde el lunes próximo será obligatorio el uso de tapabocas y nariz o barbijos sociales en la provincia de Buenos Aires

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Tapabocas o barbijos

Desde el próximo lunes será obligatorio el uso de tapabocas y nariz o barbijos sociales en todo el territorio bonaerense, según lo establece el decreto que Axel Kicillof firmó este viernes. La misma normativa prohíbe la venta de «los barbijos quirúrgicos o profesionales a todos aquellos que no estén afectados al servicio sanitario». 

“Firmé el decreto y el lunes, en todo el territorio de la provincia, empieza a ser obligatorio el uso tapa nariz y boca”, anunció el gobernador en el marco de la presentación de las 24 ambulancias.

Tapabocas o barbijos

Según los fundamentos de la normativa, la decisión fue tomada «en consideración al avance epidemiológico» que se registra en la Provincia. Están  comprendidos todos aquellos que deban circular por la vía pública por motivos justificables. 

El texto señala: «Deviene necesario establecer el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca por parte de todas las personas que permanezcan o circulen en transporte público de pasajeros, transporte privado cuando haya dos o más personas, y en todos los espacios cerrados de acceso público». 

En tanto, por temor a que esta diposición genere un desabestecimiento, se restringe “la distribución a título oneroso o gratuito de las mascarillas médicas o quirúrgicas (barbijos) N95, o de calidad y características similares o superiores, a cualquier persona que no acredite ser personal de salud, o a personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio o su producción y/o comercialización, sin perjuicio de facultar al Ministerio de Salud a disponer excepciones a la referida prohibición. 

Asimismo, en el Artículo 7 se establece que “la Autoridad Sanitaria provincial elaborará un protocolo de confección personal o artesanal y uso de elementos de protección sustitutos de las mascarillas médicas o quirúrgicas (barbijos)”

Kicillof aclara que, «dejar establecido que la obligación dispuesta en el presente, no exime del cumplimento de las restricciones impuestas por el Decreto Nacional N° 297/2020 y sus prórrogas», referido a la cuarentena. 

Al mismo tiempo, el Gobierno «recomienda el uso de los elementos mencionados en cualquier otro ámbito o lugar diferente a los expresamente previstos».